Ignorantia juris non excusat

LAS COSAS SE PUEDEN DECIR MÁS ALTO, PERO NO MÁS CLARO.

Hoy cuando uno intenta informarse de lo que ocurre en la sociedad ésta en la que vivimos, me encuentro con la "PENÚLTIMA, QUE NO LA ÚLTIMA" salida de un concejal de Telde.

El concejal en cuestión se ha tirado DIEZ MESES (10) negociando una cuestión, que si no es por que éste que suscribe la saca a conocimiento del publico, a día de hoy seguiría la deuda en el limbo del olvido.

Las negociaciones del concejal y las cuatro empresas funerarias de Telde, después de los antes dichos 10 MESES , han quedado de la siguiente manera:

LAS FUNERARIAS MOROSAS CON EL AYUNTAMIENTO, ABONARÁN LOS TRECE (13) AÑOS DE DEUDA CONTRAÍDA, EN UN PLAZO DE 10 AÑOS.

Y a para colmo, añade un suplemento, como que va a autorizar el uso de La Capilla y del Horno Crematorio.

En cuanto al horno, que yo sepa, el concejal no es quien para autorizar el uso del mismo y a día de hoy (puede haber cambiado), Sanidad no ha autorizado su uso.

En cuanto a la Capilla, si alguno de ustedes ha estado en su interior, habrá comprobado que de Capilla solo tiene el nombre, pues es más grande que la iglesia de Santa Rita. Pero ahí no queda todo, "LA CAPILLA" está sin vestir, cosa que no han efectuado las funerarias concesionarias del servicio, debido al coste real de la operación. Y no creo que el Ayuntamiento saque una partida de dinero para vestirla.

En pocas palabras, si la concesionaria del tanatorio no ha podido pagar el alquiler del mismo durante 13 años, ¿como va a vestir la Capilla, pagar la deuda contraída y el correspondiente alquiler anual?.

Cualquier ciudadano de Telde, que deje de pagar un impuesto o una multa, se le embargan inmediatamente las cuentas corrientes. Ya se ha llegado con estas acciones a provocar una alarma social, debido a que la Ley es igual para todos y aquí no se cumple la Ley. Aquí, al parecer, hay ciudadanos de primera y ciudadanos de segunda.



Claro, luego lees cosas como los párrafos siguientes y te quedas pensando, ¿en que planeta vivo?. Yo no digo que alguien esté prevaricando, valgame Dios, que para eso existen Jueces que lo dictaminen, ahora bien, lo que si digo es que lo que ocurre no me cuadra pues nada hay verdad ni mentira; todo es según el color del cristal con que se mira.

La palabra prevaricación designa a aquel delito perpetrado por los funcionarios públicos que consiste en faltar a los deberes y obligaciones inherentes a su cargo, con la plena consciencia de ello, o en su defecto por ignorancia o negligencia que de ningún modo puede ser excusada. Cabe destacarse que al concepto también se lo designa como PREVARICATO.

Por ejemplo, cuando un funcionario público resuelve una cuestión determinada de manera injusta y no correspondiente, y aún más, lo hacen sabiendo que esa decisión no es la que debería efectuarse en ese caso, se tratará de una prevaricación.

Es decir, la prevaricación es una clarísima falta a los deberes de funcionario público, que se asume y a la cual se compromete tras asumir el cargo que corresponda y asimismo se trata de un abuso de autoridad.

Entonces, para que exista prevaricación quien comete la falta debe ejercer un cargo público, o desempeñar cualquier otro cargo ejecutivo o legislativo y por supuesto estar activo en el desempeño de la mencionada actividad. Y algo importantísimo es que la resolución inadecuada e injusta que este toma debe serlo a conciencia de ello, es decir, debe mediar el dolo.

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